Examen de acceso a la profesión de abogado: breves reflexiones

. lunes, 2 de enero de 2012
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Hace ya unas semanas que tenemos entre nuestras manos un modelo de examen de lo que será la prueba de acceso a la profesión de abogado  y entiendo que es necesario hacer algunas breves observaciones.

Como mero apunte, recordaré al lector que el citado examen se realizará una vez cumplimentado el correspondiente Master de acuerdo a la Ley 34/2006 (máster que por cierto no tiene relación alguna con el examen, algo totalmente discutible si bien esto merecería un comentario aparte) y su superación implicará el acceso a la profesión de abogado. El examen consta de dos partes, una prueba eliminatoria tipo test y la resolución de un caso práctico. La calificación podrá ser de dos maneras, “Apto” o “No Apto”.

Una vez recordado cuál es el esquema de esta prueba se pueden identificar algunos problemas o puntos flojos. En primer lugar, la prueba test se presenta más como un cuestionario de cultura jurídica general que como una prueba determinante para demostrar un sólido conocimiento jurídico. Las preguntas resultan en ocasiones ciertamente obvias. Ello por no mencionar la ambigüedad de ciertas respuestas que hacen que varias de ellas sean posibles. Las cuestiones versan principalmente sobre deberes colegiales y deontológicos. Se preguntará el lector qué problema hay en esto. Mi respuesta sería que estos conocimientos podrían adquirirse de una manera más efectiva en la universidad, ya que es ciertamente reciente la inserción en la enseñanza universitaria de la Deontología como asignatura optatitva e incluso obligatoria (es el caso de las Facultades de Derecho de la Universidad Rey Juan Carlos,  Universidad de Navarra y Universidad de Castilla- La Mancha).

En segundo lugar, la prueba de resolución del caso práctico ofrece varias alternativas para su realización: el alumno puede elegir entre uno u otro caso que versan sobre distintas ramas del Derecho. Ya que el nuevo sistema de acceso a la profesión de abogado no se presenta como una especialización, sino como un repaso general de la carrera universitaria, no entiendo que haya varias alternativas de caso práctico. Lo deseable sería presentar un caso amplio que abarcara las ramas jurídicas básicas y esenciales.  De esta forma, el alumno que superara el examen estaría demostrando que es capaz de desenvolverse en varias áreas jurídicas.

En tercer y último lugar, me gustaría destacar una ausencia notoria. A pesar de las propuestas que se realizaron por ciertos sectores, no hay una prueba oral en el examen de acceso. Si ya es criticable la inexistencia de la asignatura de Oratoria en la mayoría de las Facultades de Derecho (hay excepciones como ESADE, que precisamente celebró hace una semana el décimo aniversario de la inclusión de tal asignatura en su programa) mas lo es en el caso de la prueba de acceso a la profesión de abogado. La oratoria es un arte que debería enseñarse a todo alumno de Derecho. Pensarán algunos que sólo es necesaria para aquellos que en su día a día tengan que hablar en público. Sin embargo, esto no es así. La oratoria ayuda a una persona a desarrollar cualidades que en muchas ocasiones tiene ocultas o que no conoce. Es necesaria para enfrentarse a situaciones conflictivas, negociaciones o incluso en el mero trato profesional con los compañeros. Por eso no entiendo como no se exige a los futuros abogados el demostrar sus habilidades y conocimientos a través de una prueba oral.

Estas son unas breves reflexiones tras obtener una copia de lo que será el examen de acceso. Podrían citarse otros defectos, como por ejemplo la ausencia de una nota numérica, de tal forma que el alumno nunca sabrá con exactitud lo bien o mal que realizó la prueba. Son las breves reflexiones de un estudiante, totalmente criticables y discutibles, pero al fin y al cabo, opiniones. Si la intención de la Ley 34/2006 era la de endurecer el acceso a la profesión de abogado, creo que pruebas como esta no son del todo idóneas.

Enlace al modelo de examen:

(http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1288776144635/Detalle.html#pruebas_abogados)